En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por el ciudadano, VICENTE ADOLFO CEBALLOS, en contra de la empresa HERMANOS VITALE, C.A. (HERVICA). SEGUNDO: Se ordena la reincorporación inmediata del nombrado ciudadano a sus labores habituales de trabajo, así como el pago de los salarios caídos a que hubiere lugar desde la constancia de la notificación del demandado en autos hasta la reincorporación definitiva del trabajador a sus labores habituales ó hasta la oportunidad de la persistencia en el despido, excluyendo del cómputo los lapsos correspondientes por causas de fuerza mayor caso fortuito, inacción del demandante y vacaciones o recesos judiciales . Se condena en costas a la parte .....