n mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana KATIUSKA ROSALIA PEREZ CORNIEL, contra el auto proferido por el Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Guarico. Calabozo, en fecha 27 de noviembre de 2009, en el asunto N° 6354-04 de la nomenclatura de ese tribunal, contentivo de demanda de Fijación de Obligación de Manutención.
SEGUNDO: Como corolario de lo anterior, queda firme el auto apelado.
TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.