Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO con fundamento en el Mutuo Consentimiento, en aplicación del criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, establecido en sentencia Nº 693, de fecha dos (2) de junio de dos mil quince 2015, expediente Exp.- 12-1163, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta De Merchán y, en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial civil existente entre los ciudadanos ALEXANDER ECHEVARRIA HECHAVARRIA de nacionalidad cubano, mayor de edad, pasaporte Nº H432646 Y NINOSKA CAROLINA DIAZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.389.004, respecti.....