ACORDO de Oficio la reforma del respetivo Cómputo, de conformidad a lo establecido en los artículos 482 último aparte y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal vigente, y a tal efecto se observó: Que el penado MANUEL ANTONIO SALDIVIA FLORES, fue detenido el 13-07-2005 hasta el día de hoy inclusive, lo cual sumado a CINCO (05) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS redimidos, da un total de tiempo de detención de DOS (02) AÑOS, DOS (02) MESES Y CATORCE (14) DIAS, lo que significa que el penado le falta por cumplir un tiempo de TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y TRES (03) DIAS, terminando de cumplir la pena en fecha veintiuno de enero del año dos mil once 21/01/2011.-