Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos: IRADIS MARIA GUZMAN SUAREZ Y ELVIS BENJAMIN FERNANDEZ FLORES, suficientemente identificados en los autos y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 17 de Noviembre de 1995, por ante el Registro Civil del Municipio Leonardo Infante del estado Guarico, según Acta signada con el Nº 335.