Por las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente procedimiento de EJECUCIÓN DE HIPOTECA intentada por la Entidad Financiera BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL contra la Sociedad Mercantil LIRKA INGENIERÍA, C.A., y ciudadano MARIO GONZÁLEZ, en virtud de haber transcurrido más de un (01) año sin haberse ejecutado algún acto de procedimiento.-