Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, con Sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio con fundamento en la Sentencia Nro. 693 de la Sala Constitucional de fecha 02-06-2015, que establece el divorcio por mutuo consentimiento y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial civil existente entre los ciudadanos LUIS ARQUIMEDES ROJAS GUAIMACUTO y YUDELIS COROMOTO AVILA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 13.144.369 y 15.452.477, respectivamente, según se evidencia en el Acta de Matrimonio expedida por ante el Registro Civil del Municipio José de Guaribe del Estado Guárico, la cual fue consignada y cursa al folio cuatro (04).-
Conforme lo dispone el artí.....