CUARTO: De la misma forma y conformidad con lo establecido en el artículo 482 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas en las cuales el penado CARLOS DANIEL MARTINEZ GUERRA, tendrá cumplido los lapsos pautados para el otorgamiento de los beneficios que establece la Ley:
a) DESTACAMENTO DE TRABAJO: al cumplir ¼ parte de la pena, que es igual a UN (01) AÑO y TRES (03) MESES, que se cumplirá en fecha 06-04-2.004 a las 11:45 am.-
b) RÉGIMEN ABIERTO: cumplida 1/3 de la pena, que es igual a UN (01) AÑO y OCHO
(07) MESES, que se cumplirá en fecha 06-09-2.004, a las 11:45 a.m.-
c) LIBERTAD CONDICIONAL: que corresponde al haber cumplido las 2/3 partes de la pena, que es igual a TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES, que se cumplirán en fecha 06-05-2.006 a las 11:45 a.m.-
d) CONFINAMIENTO: al cumplir las ¾ partes de la pena, que es igual a TRES (03) AÑOS y NUEVE (09) MESES, que se cumplirá en fecha 06-10-2.006 a las 11:45 a.m.-
QUINTO: Igualmente.....