Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y de conformidad al criterio jurisprudencial parcialmente trascrito, el cual esta Superioridad hace suyo, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el abogado EDGARDO JESÚS MALAVE RUÍZ, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, contra el fallo dictado por este juzgado en fecha 24 de noviembre de 2022, con motivo de la incidencia surgida en el juicio que por DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD, siguen los ciudadanos REMIR FERNANDO GUARDAZZI RIVERO y SERGIO REMO GUARDAZZI RIVERO, contra los ciudadanos FRANCO BIOCCHI ZURITA, ERNESTO VOLPATTI ROLDAN, PIETRO VOLPATTI CLOROTTO, y las sociedades mercantiles DELL AQUA, C.A., e INDUSTRIAS AGROPECUARIAS, C.A. (INDAGRO); pues en el presente cas.....