Se dictó resolución mediante la cual se declara INADMISIBLE la solicitud de divorcio presentada con base al artículo 185-A del Código Civil, presentada por los cónyuges JOAQUIN ANTONIO RENGIFO GARRIDO y NILBER JULY ALVAREZ ARRECHEDERA, supra identificados y en consecuencia se declara terminado el procedimiento y se ordena el ARCHIVO Y CIERRE DEL EXPEDIENTE.-