Este Tribunal declara su propia incompetencia en razòn de la materia y en consecuencia ordena remitir el presente expediente al Juzgado de Protecciòn del Niño y del Adolescente  de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, que es el competente para conocer de la presente causa. Dèsele salida  en el libro respectivo y con oficio remitase.
El Juez,
Dr. Josè A. Bermejo.
                                                                                         La Secretaria Acc,
                                                                                 Abog. Yessica Mora.
Seguidamente se le diò salida en el libro respectivo y se remitio con oficio.
                                                                                La Secretaria Acc,