Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad la Ley, declara:
Primero: Extemporánea por Tardía la solicitud de ampliación de la sentencia interlocutoria de fecha 22 de noviembre de 2013, realizada el día 13 de enero de 2014, por el ciudadano JOSE LUIS PEREZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 3.415, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano DOMINGO ANTONIO COLMENARES CADENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-977.207.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Undécimo de Primera Instancia.....