Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante en fecha 05-03-2009, contra sentencia emanada del Juzgado 24º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03-03-2009.- SEGUNDO: Se ordena al Juzgado 24º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, fijar nueva fecha para la prolongación de la Audiencia Preliminar, previa notificación de la parte demandada, queda entendido que la parte actora se encuentra a derecho, habida cuenta de la comparecencia a este acto.; TERCERO: SE REVOCA la decisión recurrida. CUARTO: Vista la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas de con.....