DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria (Titulo Supletorio) de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno Propiedad del estado Venezolano, denominado " Fundo Santa Cruz", ubicado en el Sector Romereña, Parroquia Guardatinajas, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, alinderado de la siguiente manera: Norte: Terreno ocupado por Carmelo Sosa ; Sur: Terreno ocupado por el fundo El Mamón; Este: Terreno ocupado por Carmelo Sosa y Oeste: Terreno ocupado por Franco Cardillo. Según base Cartográfica demarcada con los puntos de coordenadas levantadas en proyección universal transversal de marcador (UTM) USO 19, DATUM REG.....