el Tribunal previa información a las partes y oída su opinión, decidió constituir el Tribunal de forma Unipersonal, prescindiendo de los escabinos, dando aplicación a decisión Nº 3744, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 22 de Diciembre de 2003 y ratificada en fecha 16 de Noviembre de 2004 en decisión Nº 2598, según la cual luego de dos convocatorias sin que se haya podido constituir el Tribunal mixto, el Tribunal prescindirá de los escabinos y se constituirá como Tribunal Unipersonal, como en efecto se constituye luego de haberse realizado infructuosamente ocho llamadas para la depuración de candidatos seleccionados como escabinos sin haberse podido constituir el tribunal mixto para la celebración del juicio oral y público; de igual manera se fija la fecha 04 de Agosto de 2009 a las 11:00 de la mañana, para la celebración del Juicio Oral y Público.-