Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, en conformidad con lo establecido por el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo DA POR TERMINADO EL PROCESO y por cuanto no se vulneran normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION CELEBRADA, dándole efectos de cosa juzgada. Se acuerda expedir los dos (02) juegos de copias certificadas solicitadas. Se devuelven a las partes los escritos de prueba y sus anexos, las cuales declaran recibir en este acto a su entera satisfacción.
La Juez
Abg. Yolimar Avila
EXTRABAJADOR ACCIONANTE
ABOGADO ASISTENTE
C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA
La Secretaria