Por los razonamientos antes expuestos en atención al articulado antes señalado así de las documentales requeridas por este Tribunal, y habiendo quedado demostrado por la parte interesada el error invocado en el escrito libelar, este Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, MATRIMONIO Y DEFUNCION del ciudadano RAUL LEON SAVINO DEL CASTILLO. En consecuencia, en el ACTA DE NACIMIENTO perteneciente al ciudadano RAUL LEON SAVINO DEL CASTILLO, expedida por el Registro Civil de la parroquia Catedral del Municipio Libertador del Distrito Capital, del año 1912. Donde dice " LIBERATO SAVINO"; Debe decir : "LIBERATO SAVINO PIAMONTE" y donde dice: "ADELINA DEL CASTILLO"; Debe decir: "PETRA ADELINA DEL CASTILLO AVELLANEDA. En el ACTA DE MATRIMONIO, perteneciente al ciudadano RAUL L.....