Por las consideraciones antes expuestas, esta Sala de Juicio N° 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de REVISION DE REGIMEN DE VISITAS, presentada por la Abogada Dilia López Bermúdez, en su carácter de Fiscal 103 del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a favor de los niños, de once (11), nueve (09), seis (06) y cuatro (04) años de edad respectivamente, en contra del Ciudadano JAVIER ALIRIO GUERRERO PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. V.- 10.745.714. En consecuencia, se establece el siguiente Régimen de Visitas: FINES DE SEMANA: Alternos; el padre retirará del hogar materno a los niños, cada quince (15) días, el día sábado a las 10: a.m., debiendo reintegrarlos el día domingo a las .....