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D I S P O S I T I V A
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoara la sociedad mercantil INMUEBLES EL LORITO C.A., contra la sociedad mercantil GRUPO SAMP C.A., ampliamente identificados al inicio, DECLARA: SIN LUGAR la cuestión previa de falta de jurisdicción del Juez, promovida por la demandada en la oportunidad de contestar la demanda.
Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolit.....