En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Mildred Norelys Morales Ruvolo y Elio Manuel Rojas Jaimes, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 15 de diciembre de 2006, ante la Registradora Civil del Municipio El Hatillo, estado Miranda, tal como consta en el acta inserta bajo el N° 460, folio 460, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 2006.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil del Municipio El Hatillo del estado Miranda, al Registrador Principal del estado Miranda y el Consejo Nacional Electoral (C.N.E.), a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.