“…En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace ENTREGA MATERIAL Y JURÍDICA libre de bienes y personas del siguiente bien inmueble: Apartamento N° PB de la Quinta Ralo, ubicada en la calle 8 de la Urbanización Propatria, Parroquia Sucre del Municipio Libertador, a la parte actora CORPORACIÓN INMOBILIARIA SIGLO 21 C.A., en la persona de su apoderada judicial…”