Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar las cuestiones previas opuestas por la parte demandada, ciudadano JAVIER EDUARDO VILERA RAMIREZ, ampliamente identificado en los autos, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio LUIS ENRIQUE QUINTERO LOPEZ, Inpreabogado Nº. 39.304, y así se decide. Se condena al pago de costas procesales a la parte demandada.