este Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del nuevo Régimen procesal y Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción celebrada por el litisconsorcio activo, representados por el profesional del derecho Juan Vicente Quintana, y la demandada Sociedad Mercantil Consorcio Futuro auto