Se dictan los siguientes Pronunciamientos: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, hecha por la Representación Fiscal al imputado DANIEL TOMAS CLISANCHEZ TALLAFERRO, identificado en autos, consistente en: 1) Presentaciones periódicas por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada Treinta (30) días y la prohibición de portar arma de fuego, de conformidad con las previstas en el artículo 256 Ordinales 3º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se acuerda la continuación de la causa bajo las reglas del Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 373 de Código Orgánico Procesal Penal.