DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO del asunto a favor del ciudadano: JUAN CARLOS TOVAR,(adolescente al momento de ocurrir los hechos) venezolano, de 20 años de edad, nacido en Valle de la Pascua Estado Guárico el 12/11/1.983, cédula de identidad Nº.18.697.156, hijo de Juan Villarta y Carmen Tovar, residenciado en Barrio Minas de Arena, calle El club, casa Nº. 40, Valle de la Pascua Estado Guárico. de conformidad con lo establecido en los artículos 561 literal "d" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal, por remisión del articulo 537 de la ley especial.