PRIMERO: Se Declara CON LUGAR la apelación intentada por la parte actora Ciudadano JOSÉ NATIVIDAD GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-1.664.828, domiciliado en el Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico. Se REVOCA el fallo de la recurrida, Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 07 de Diciembre del año 2.006, en el sentido, de que el préstamo y la Garantía Hipotecaria sub examine, no pueden generar la inadmisión de la pretensión establecida en el Artículo 56 de la Ley Especial de Protección del Deudor Hipotecario de Vivienda, al no establecerse en el documento constitutivo, un fin de destinación de dicho préstamo, de los establecidos en el Artículo 1 de la Ley Ut Supra citada, y se ordena al Tribunal A-Quo verificar el resto de los elementos del juicio Especial Contencioso de .....