La Reposición de la Causa al estado de practicar nueva notificación de la demandada en los términos previstos en el Artículo 126 eiudem y se declara la nulidad de todos los actos, posteriores a la notificación supra identificada, conforme al Artículo 206 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por disposición del Artículo 11 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo.