Con fuerza en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil y Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Rectificación del Acta de Defunción solicitada por los ciudadanos VICTOR MANUEL POLANCO SÁNCHEZ; REYNALDO AUGUSTO POLANCO SÁNCHEZ; ERICK ALEJANDRO POLANCO y KATIUSKA BARBARA POLANCO FLORES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-10.487.885; V-14.484.708; V-19.509.620 y V-24.897.471, respectivamente. En consecuencia, se corrige la omisión en el Acta de Defunción anotada bajo el Nº1475, de fecha 11 de Septiembre de 2000, la cual corre inserta por ante los Libros de Actas de Defunciones de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, donde se de.....