CUARTO
DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR los aspectos del escrito de contestación referidos a la inadmisibilidad del recurso interpuesto, toda vez que el mismo cumple prima facie con los requisitos de legitimación, agravio, temporalidad y fundamentación, a que se contraen los artículos 433, 435, 436 y 448 todos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por disposición del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: ADMITE A TRÁMITE tanto el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público, como el aspecto del escrito de contestación referido al fondo del asunto planteado. TERCERO: La procedencia de los escritos, será resuelta dentro de los diez (10) días hábiles s.....