Se dictó decisión mediante la cual se declaro con lugar la oposición formulada por la representación judicial de la parte actora, en cuanto a la prueba de informe promovida por la co-demandada MARIA MAGDALENA NEGRON DE KAUERT, en consecuencia se desechó la referida prueba, por ser impertinente. Asimismo, se admitieron las promovidas por la representación judicial de la parte demandada contenidas en las capítulos II Documentales, Capítulo I, Igualmente, se admitieron las pruebas de la parte actora en los capítulos I, II y III, fjandose la oportunidad para la declaración de los testigos