En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO interpuesta por el ciudadano JUAN ANTONIO RODRÍGUEZ ARMAS, (plenamente identificado en el encabezamiento de esta decisión).
SEGUNDO: como consecuencia de la anterior declaración, se ordena la inserción del acta de nacimiento del ciudadano JUAN ANTONIO ARMAS RODRÍGUEZ, en los libros correspondientes. En consecuencia, téngase a dicho ciudadano como nacido el 10 de diciembre de 1.966, en la Maternidad Concepción Palacios, y como hijo de la ciudadana Natividad Dolores Rodríguez Rodríguez de Armas, española, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E-767.601, y del ciudadano Gr.....