DECLARÓ la extinción de la PENA, que ha de cumplir el penado FRANK REINALDO CONTRERAS, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.897.259, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, cometido en perjuicio de la victima EURO YSRAEL FIGUEROA, la cual le fue conmutada con la imposición de la obligación de prestar un servicio gratuito a la comunidad de Valle de La pascua, por el lapso de tres (03) meses, durante seis (06) horas, en labores asignadas por el Alcalde de esta Ciudad, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 112 del Código Penal en relación con el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal.-