Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, solicitado por la representante judicial de la parte actora, siendo que al haber apelado igualmente la parte demandada, a los fines de la seguridad jurídica, se indica que el proceso continua en los términos expuesto en el auto de fecha 15/06/2017, mediante el cual se fijó la celebración de la audiencia oral y pública para el día 20 de julio de 2017, a las 11:00 a.m.