PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la co-accionada Sociedad Mercantil CORPORACIÓN DE BENEDICTIS, C.A. en la persona de su Presidente, ciudadano ANGEL GERARDO BENEDICTIS BANDRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.799.074, todos con domicilio en la población de Valle de La Pascua, Estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la población de Valle de la Pascua, Estado Guárico, en fecha 26 de Junio de 2.007, y por cuanto la recurrente-opositora realizó la contradicción a la medida al Décimo Primer (11°) día de despacho siguiente a la fecha del vencimiento de la suspensión por efecto del abocamiento del nuevo Juez, la misma resulta extemporánea y así se decide.
SEGUNDO: Al confirmarse en su totalidad el fallo recurrido, se condena a la co-accionada –recurrente al pago de las COSTAS del recurso de.....