En consecuencia, y considerando lo anteriormente expuesto, esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA la MEDIDA DE PROTECCIÓN, MODALIDAD DE COLOCACIÓN PROVISIONAL EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, dictada en fecha 14 de agosto de 2007, a favor de la ciudadana MARIA CRISTINA GONZALEZ ESTUPIÑAN y su hijo (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), la cual venía ejecutándose en La Entidad de Atención "Obra Social de la Madre y el Niño", ubicada en: Urbanización Artigas, Calle "G", Caracas, Distrito Capital, todo de conformidad con lo previsto en el Articulo 131 de la Ley Orgánica par la Protección del Niño y del Adolescente; y ordena el EGRESO de la ciudadana MARIA CRISTINA GONZALEZ ESTUPIÑAN y.....