ÚNICO: Admite y declara con lugar la inhibición planteada por la abogada Kimberly Andreina Matos Arevalo, en su condición de Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, de conocer la causa signada con el alfanumérico JP21-P-2017-003185, seguida en contra de los ciudadanos CARLOS JOSE BLANCO AMARAL, DEIMY DANIEL CASTILLO GONZALEZ Y ANTHONY UVIEDA UVIEDA; con fundamento en los artículos 89.4.8 y 90 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la remisión de la presente incidencia a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, a los fines de que remita la misma al tribunal de control competente que actualmente conoce la causa principal.