Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. NEREIDA HERNÁNDEZ, en su carácter de Superior Cuarto (4°) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la demanda incoada por el ciudadano José Luis García Pérez contra las entidades de trabajo INVERSIONES LA CITA SRL y RESTAURANT LA TERTULIA y solidariamente demandan a los ciudadanos JOSÉ MARÍA LÓPEZ FERNÁNDEZ e HIGINIO ALONSO ESTÉVEZ.