III
Dispositiva
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortíz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; de conformidad con el artículo 253 constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL CIVIL existente entre los ciudadanos: JHONY LUIS LISCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad V-9.434.569, de este domicilio y MILAGROS ELIZABETH MONTOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.670.315, de este domicilio, contraído por ante la Primea Autoridad Civil de Ortiz, hoy Registro Civil de Ortiz, Municipio Ortiz del estado Guárico, quedando anotada bajo el Nº 05, de fecha 23.....