En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente señaladas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano OSWALDO JOSÉ INFANTE C.I. 10.984.113 contra la empresa INGENIEROS HEZUYE, S.A.
SEGUNDO: Se condena a la empresa INGENIEROS HEZUYE, S.A. Inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara bajo el Número 56, Tomo 5-C de fecha ocho de Junio de 1984. a pagar al ciudadano OSWALDO JOSÉ INFANTE C.I. 10.984.113 las cantidades que se especifican a continuación:
1.- Vacaciones Fraccionadas: ........9,66 x 28.046,88 = 270.932,86
2.- Utilidades..............................13,66 x 28.046,88 = 383.120,38
3.- Cláusula 10 Convención Colectiva...4 x 28.046,88 = 112.187,20 .....