PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Perención de la Instancia en la presente causa
En atención a lo antes expuesto se revoca la Medida de secuestro decretada por el Tribunal en fecha 20 de Noviembre de 2000, y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano, Chaguaramas, y José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico en fecha 15 de Marzo de 2001 y como consecuencia el nombramiento del depositario.-
SEGUNDO: Se da por terminado el presente proceso, en las condiciones establecidas en el artículo 270 eiusdem.-