Por los fundamentos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR la querella interdictal restitutoria incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES A y A 777 C.A. contra la Junta de Condominio del edificio San Miguel, en la persona de los ciudadanos VICENTE SIRVENT y JAIME CARTAYA, identificados ampliamente en el cuerpo de esta sentencia. SEGUNDO.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 1 de octubre de 2008 por el abogado CARLOS MIGUEL MARÍN contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial el 20 de junio de 2008.
Queda CONFIRMADA la apelada.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la parte demandante al pago de las costas procesales, por haber resultado totalmente perdidosa.
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