Por todo lo antes expuesto y por ser procedente la solicitud conforme a la norma adjetiva, este Juzgado en función de Control N° 04 del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal: PRIMERO: Se admitió totalmente la acusación Fiscal presentada por la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público, en contra del ciudadano: LUIS ALFREDO DIAZ HERRERA, por la comisión de los delitos de ACOSO Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 41 en su primer aparte y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana KATIUSCA ANDREINA ZURITA BENCOMO , por considerar quien aquí decide que se encuentran llenos lo extremos de los artí.....