DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (VIA INTIMATORIA), interpuesta la sociedad mercantil CORPORACIÓN TUFRESA, C.A., contra la sociedad mercantil TRANSPORTE DE VALORES VENEZUELA TRANSVALVEN, C.A., todas las partes identificadas en el fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Notifíquese a la parte accionante de la presente decisión.
PUBLIQUESE, REGİSTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tráns.....