Se DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Publico Penal, abogado: Oswaldo Tahan, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control, extensión Calabozo, de fecha 04/03/2010; mediante la cual entre otros aspectos procesales, decretó medida judicial de privación preventiva de libertad, a los imputados Eliseo Ramón Soto Martínez y Héctor José Lara, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 ordinales 1º, 2º y 3º y 251.2º y 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de distribuidor menor, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31, tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En consecuencia, se confirma la decisión impugnada.