En virtud de los argumentos de hecho y de Derecho que anteceden, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide así:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por Cobro de Bolívares incoara la empresa "TRACTO RODAJES BIL, C.A.", contra el ciudadano JESÚS ENRIQUE CARMONA TIAPA, ambos ampliamente identificadas en el encabezamiento de esta decisión.