Vista la proposición hecha por la Ciudadana: GREGORIO RAFAEL SANCHEZ FLORES, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: MAIGUALIDA ARPON, insertado en el folio 36, donde se estableció para sus hijos RAFAEL GREGORIO y STEFANI DEL VALLE SANCHEZ ARPON, depositara en la cuenta de ahorro Nª 1750146110060835072, en el Banco Bicentenario, Sucursal Tucupido, la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00) SEMANAL, en beneficio de Obligación de Manutención, época escolar y decembrina en 50%, mèdico y medicinas cuando se amerite; en consecuencia EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LO DA POR TERMINADO CONSUMADO E IMPARTE SU HOMOLOGACIÒN EN LOS TERMINOS EXPUESTOS,