este juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:  La nulidad  de la notificación  practicada a la parte demandada EXPRESOS LA POPULAR, así como todas las actuaciones posteriores se ordena la reposición  de la presente  causa al estado de que se practique nueva notificación a la parte demandada a los fines que tenga lugar la audiencia preliminar, vencido el lapso para la interposición de los recursos  correspondientes