Inspección Judicial
En cuanto a la Inspección Judicial, esta Juzgadora deja claro que la prueba de Inspección Judicial está íntimamente ligada con el principio de "Necesidad de la Prueba" y "Originalidad de la Prueba" en el sentido de que por dicha técnica de apercibimiento deben venir a los autos elementos de convicción que de otra manera no pueden llegar a conocimiento del Juez, influyendo en su naturaleza procesal la especie de prueba a la que dicha inspección sustituye. Dada esa caracterización de ser sustitutiva de otros medios probatorios, significa que al no existir otro medio más idóneo de aportar a los autos los hechos que se quieren llevar con la experticia, ella deberá ser la utilizada. Ello se fundamenta en la posibilidad de intervención y control del medio que puede tener la contraparte y que se le hace difícil en este medio.
Así las cosas, de la lectura del escrito promocional, así como del apercibimiento sobre acervo documental promovido y consignado por la d.....