En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano ROBERT JAIR CÁCERES MOGOLLÓN contra la sociedad mercantil IMPORTADORA ABUSSI 2004, C.A. ahora INVERSIONES ZUNA 1040, C.A. SEGUNDO: Tomando en consideración la vigencia de la relación de trabajo desde el 15 de octubre de 2002 al 15 de mayo de 2011, es decir 8 años y 7 meses, un último salario mensual de Bs. 1.680,00, es decir, diario de Bs. 56,00 y un salario diario integral de Bs. 59,67, así como el motivo de terminación de la relación por despido injustificado, este tribunal condena a la demandada al pago de los conceptos respectivos. TERCERO: Se condena en costas a la parte dema.....