Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: Homologada la transacción en la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano JAVIER ENRIQUE MILLAN TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 12.785.629 contra la entidad de trabajo CORPORACION NUOVO PIGNONE DE VENEZUELA S.A, ambos identificados en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.